¿Cómo contabilizar una operación de
“factoring”?
factoring
supone la cesión por parte de la empresa de las facturas que tiene contra un
cliente a una entidad financiera, denominada factor. En definitiva,
la entidad financiera compra las facturas pendientes de cobro a la empresa.
Esta entidad se encargará de la gestión de cobro de dichas facturas, y
anticipará las mismas a solicitud del cedente, aplicándole un tipo de interés y
una comisión por factura al descuento, de un modo similar a los supuestos de
los efectos comerciales.
MODALIDADES
1.
Factoring sin recurso:
Operaciones en las que la entidad de Factoring
asume el riesgo de insolvencia del deudor. Suponemos que el riesgo se
transfiere íntegramente al factor. En estos casos, cuando se realiza la cesión
del crédito, en el balance de nuestra empresa desaparece el crédito pendiente
con la empresa en cuestión. En estos casos, algunas veces el factor suele
retener una parte del nominal del crédito como garantía del impago. En el caso
de impago, el factor no nos reclamará la deuda, pero tampoco nos devolverá el
importe retenido como garantía.
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